Precioso lote con topografia semiplana
Según la ubicación geográfica del terreno, el mismo, se encuentra en Zona Residencial de baja densidad, cuyas regulaciones se transcriben en forma textual:
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Artículo 7. Zona Residencial de Baja Densidad (ZRBD):
Esta zona tiene por objetivo mantener una densidad baja en áreas con poco grado de desarrollo de la infraestructura, donde prevalece lo rural y de aquellos terrenos que por sus características no poseen la capacidad para una mayor densidad.
1-Usos permitidos.
Lo serán todos los usos urbanos a excepción de la industria, bodega, aserraderos, y cualquier otro uso análogo a los citados, que provoquen en el vecindario molestias tales como humo, ruido, olores, contaminación de suelo o cualquier otro uso o molestia conflictiva al uso predominante.
2-Requisitos.
2.1 Área mínima: 600 metros cuadrados
2.2 Frente mínimo: 15,00 metros
2.3 Retiros mínimos:
- frontal 5.00 metros
- posterior: 5.00 metros
- lateral: no se exige en caso de no existir aberturas en la construcción hacia la colindancia. En caso de existir se aplicará lo dispuesto en el Reglamento de Construcciones.
2.4 Altura Máxima: no excederá los 3 pisos ni los 10.00 metros
2.5 Cobertura máxima: 1888,50m2
2.6 Densidad máxima: 16 habitantes
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Cobertura permitida 188,50m2